A su vez, la Legislatura de Buenos Aires se había instalado el 1º de
mayo de 1852 y había designado como gobernador de la provincia a Vicente López y Planes.
Este nombramiento disgustó a Valentín Alsina, quien aspiraba al mismo cargo y a partir
de ese momento integró la fila de los opositores al vencedor de Caseros. Pero la
Legislatura porteña, a pesar de haberlo elegido, pronto dio indicios de rechazo a la
autoridad de López y Planes, a quien se consideraba hombre de Urquiza. Otorgó al
gobernador autorización para concurrir a San Nicolás pero no le dio atribuciones para
que firmara ningún acuerdo.
No había regresado aún López y Planes, cuando se conoció en Buenos
Aires el texto del acuerdo, publicado por el diario oficialista El Progreso. Los
opositores juzgaban a López como un instrumento de Urquiza y sostenían que el documento
firmado lesionaba intereses fundamentales de la provincia. López reasumió el mando el 14
de junio y al día siguiente envió a la Legislatura un proyecto de ley por el cual el
Acuerdo de San Nicolás entraba en vigencia en todo el territorio de la provincia de
Buenos Aires. Los debates a que dio origen el mencionado proyecto se conocen con el nombre
de "jornadas de junio".
Entre los defensores de lo pactado en San Nicolás estaban los
integrantes del gabinete del gobernador López: el ministro de gobierno Juan María
Gutiérrez, el de hacienda José Benjamín Gorostiaga, el de justicia e instrucción
pública Vicente Fidel López, y el diputado Francisco Pico, único que apoyó la postura
gubernamental contra la mayoría de los miembros de la Legislatura. Por su parte,
encabezaban la oposición al acuerdo los diputados Bartolomé Mitre, Pedro Ortiz Vélez,
Ireneo Portela y Dalmacio Vélez Sársfield.
Las amplias facultades concedidas al general Urquiza por el lapso de
los dos o tres meses en que quedasen a su cargo los destinos de la Confederación
Argentina fue uno de los pretextos que según Victorica enarbolaron los opositores de
Urquiza en la Legislatura de Buenos Aires. Otro punto conflictivo del acuerdo para Buenos
Aires -y en realidad el punto crucial de su posición- era el que ordenaba la atención de
los gastos con una parte proporcional del producto de las aduanas exteriores. Si bien no
quedaba claramente especificado qué parte, obviamente era Buenos Aires la que perdería
el monopolio de la aduana, ya que la de Corrientes para el comercio de aguas arriba o las
terrestres de la cordillera poca renta dejaban para sostener los gastos del gobierno
provisorio. Pero Buenos Aires no estaba dispuesta a perder la fuente de ingresos que
venía sosteniendo su economía desde 1820. Vale señalar que gracias al ingreso aduanero,
en 1851 el presupuesto de Buenos Aires excedía al de todas las economías de las
provincias de la Confederación juntas (1).
El general Mitre fue el primero en hablar en el recinto de la
Legislatura, y parándose frente a Urquiza, dijo lo siguiente:
Yo prescindo de los detalles del Acuerdo, (...) y sin detenerme, ni en
la cuestión de forma, ni en la cuestión legalidad, tomo ese documento en su conjunto y
busco la idea primordial que ha presidido a él. ¿Cúal ha sido esa idea? La
organización nacional. Pero la organización nacional ¿sobre qué base? Sobre la base de
una dictadura irresponsable que constituye lo que propiamente puede llamarse un poder
despótico; y al decir esto me encuentro, naturalmente, en el terreno de la verdadera
discusión y colocado frente a frente de la gran figura y del gran principio que se
levantan en ese tratado como dos colosos.
La gran figura del general Urquiza, investido de una autoridad que no tiene precedentes en
nuestra historia (2).
Las palabras de Mitre evidenciaban el celo de los hombres de Buenos
Aires a perder su autonomía y su resistencia a una organización nacional en que
dominasen las provincias.
También se pronunciaron contra el acuerdo Portela y Esteves Seguí. El
último se apartó del nivel elevado de la discusión y dirigió ataques personales contra
Urquiza y el gobernador López. Portela a su vez cumplía con un plan premeditado, pues,
cuando todavía se encontraban en Montevideo había expresado a Salvador María del
Carril: "Dejemos que Urquiza derribe a Rosas, que ya nos llegará a nosotros la
ocasión de derribar a Urquiza" (3). Esta frase pronunciada con anticipación a los
sucesos de junio ilustraba cabalmente la posición tomada por los dirigentes porteños,
cuyos planes habían sido utilizar a Urquiza para derrocar a Rosas pero de ninguna manera
entregar a éste el gobierno de su provincia. Por último, Vélez Sársfield subrayó el
peligro de crear una autoridad omnipotente en la persona de Urquiza -el mismo argumento de
Mitre-, pretendiendo demostrar que el gobierno en manos del entrerriano resultaría un
gobierno irresponsable dominado por un caudillo de las provincias (4).
El diputado Francisco Pico alegó en contra de la opinión de Mitre y
Vélez, que el acuerdo no otorgaba a Urquiza más poder que el que ya tenía, y que en
cambio lo limitaba al comprometerlo a la convocatoria de un Congreso. Vicente Fidel
López, ministro de instrucción pública e hijo del gobernador, hizo un alegato a favor
del acuerdo, pero la opinión pública lo obstaculizó en todo momento. De esta manera, a
partir del 22 de junio quedó eliminado todo posible entendimiento entre los hombres
porteños y Urquiza. Sintiéndose desautorizado y habiendo sido agredidos sus ministros,
López y Planes al día siguiente presentó su renuncia, aceptada por la Legislatura que
eligió como su reemplazante al general Manuel Pinto.
Ante los hechos, Urquiza reaccionó de inmediato. El mismo día de la
renuncia de López y Planes -23 de junio de 1852- redactó una nota en Palermo por la cual
declaraba disuelta la Legislatura porteña y resolvía asumir provisionalmente el gobierno
de la provincia rebelde "por considerar la situación actual completamente anárquica
y hallarse persuadido que su primer deber era salvar a la patria de la demagogia, después
de haberla libertado de la tiranía". Asimismo, Urquiza dio orden de cerrar los
periódicos de Buenos Aires, con excepción de El Progreso, y otorgó a los
diputados Vélez Sarsfield, Mitre, Portela y Ortiz Vélez un plazo de 24 horas para salir
de la provincia. El director provisorio, de acuerdo con las facultades que le otorgaba el
Acuerdo de San Nicolás, volvió a nombrar gobernador provincial a Vicente López y Planes
el 26 de junio, cargo al que éste renunciría nuevamente al mes siguiente (5).
Ante este nuevo traspié, Urquiza, dispuesto a controlar a Buenos Aires
a cualquier precio, intervino en la provincia rebelde a través de un golpe de Estado a
fines de julio de 1852. Por el decreto del 26 de julio, Urquiza establecía:
Interin se provee lo conveniente para el nombramiento de gobernador de la provincia de Buenos Aires, con arreglo a la ley de 29 de diciembre de 1823, el director provisorio asumiendo el poder tutelar de las instituciones públicas, obtenido por el memorable hecho del 3 de febrero y confirmado respecto de toda la Confederación por el acuerdo del 31 de mayo, declara que continuará en esa posición por sólo el tiempo preciso para el restablecimiento de las autoridades de la provincia, y que se expedirá en sus deliberaciones con el voto consultivo del consejo de estado que está autorizado a nombrar por el artículo 17 del citado acuerdo del 31 de mayo (6).
Al conformar este consejo de estado, Urquiza incorporó a los miembros del consejo de hacienda que habían estado en actividad bajo el gobernador López y luego añadió seis miembros más, hasta totalizar quince personas. Fue un intento por ganarse el apoyo del antiguo elemento rosista, pues siete de ellos habían estado vinculados al régimen de Rosas. Tanto es así que el primer asunto que sometió al nuevo consejo trataba de la derogación del decreto anterior por el cual se confiscaban los bienes de Rosas (7).
Según Adolfo Saldías, el presupuesto de Buenos Aires se calculaba en 84 millones de pesos moneda corriente. Alvarez aclara que tal suma constituía en gran parte un producto de la aduana, y que equivalía a cerca de cuatro millones de pesos fuertes. Adolfo Saldías, Historia de la Confederación Argentina, tomo V, Buenos Aires, 1911, p. 418, cit. en Juan Alvarez, op. cit., p. 110.
J. Victorica, op. cit., p. 31.
Ibid., p. 38.
J.R. Scobie, op. cit., pp. 46-47.
H. Gorostegui de Torres, op. cit., pp. 26-27; J.R. Scobie, op. cit., pp. 49-51.
Texto del decreto de Justo José de Urquiza del 26 de julio de 1852, en J. Victorica, op. cit., p. 40.
J.R. Scobie, op. cit., p. 53.
Aclaración: Las obras citadas (op. cit.) que no se mencionan explícitamente en este listado de citas, se encuentran en las páginas inmediatamente anteriores. Para ello, haga un click en el botón "Anterior". También puede utilizar la opción "Búsqueda" , ingresando el nombre del autor de las obras respecto de las cuales se requiere información.
© 2000. Todos los
derechos reservados.
Este sitio está resguardado por las leyes internacionales de copyright y
propiedad intelectual. El presente material podrá ser utilizado con fines estrictamente
académicos citando en forma explícita la obra y sus autores. Cualquier otro uso deberá
contar con la autorización por escrito de los autores.