Declarada la guerra, el gobierno chileno designó a José Joaquín
Pérez Mascayano como encargado de negocios ante el gobierno de Buenos Aires con el
objetivo de proponer una acción conjunta entre Chile y la Confederación. Pérez propuso
a Rosas el 3 de febrero de 1837 los siguientes puntos: 1) Que el gobierno de Buenos Aires
diera a conocer su terminante oposición al sistema creado por Santa Cruz; 2) que
constituyera con Chile una coalición para obtener con las armas garantías de
independencia y de seguridad; 3) que celebrara un tratado de alianza ofensiva y defensiva
con Chile contra Santa Cruz; 4) que enviase a Chile un ministro o encargado de negocios
(1).
El día 21, el ministro Felipe Arana presentó las bases que a su vez
Rosas proponía al gobierno chileno. Estas eran: 1) la guerra debía llevarse contra Santa
Cruz y no contra los pueblos dominados por el mariscal; 2) Argentina y Chile evitarían
que los parques y arsenales de los estados Norte y Sur peruanos fueran usurpados por Santa
Cruz; 3) Tarija debía ser restituida a la Argentina; 4) Santa Cruz debía licenciar su
ejército en el Perú y reducir el de Bolivia; 5) Chile debía ser satisfecho por el
ultraje inferido a su ministro plenipotenciario Ventura Lavalle y por la agresión de
Freire, y debía recibir el pago por los recursos invertidos en la guerra de la
independencia; 6) Argentina debía ser compensada por los perjuicios causados por las
invasiones promovidas desde Bolivia; 7) debía pagarse a la Argentina por los gastos
realizados en favor de la independencia de Bolivia; 8) Bolivia y Perú debían permitir el
comercio libre con la Argentina y Chile sobre la base de la cláusula de la nación más
favorecida; 9) los límites entre Bolivia y la Argentina serían fijados de manera tal que
se evitara en el futuro la expansión de uno sobre el territorio del otro; y 10) ni Chile
ni la Argentina firmarían tratados por separado. Pérez respondió inmediatamente
objetando los puntos 3, 5, 6 y 7. Rosas por nota presentada el 4 de abril insistió en
todos los puntos (2).
De todos ellos, principalmente la incorporación de la disputada
región de Tarija a la provincia de Salta después de la guerra era contraria a los
intereses chilenos, ya que su búsqueda de un equilibrio regional requería el retorno al
statu quo anterior a la guerra. Dentro de la concepción chilena, Bolivia debía salir de
la guerra con fuerza suficiente como para actuar de contrapeso a Perú, no podía
permitirse que perdiera territorios. Así, las exigencias de Rosas produjeron un impasse
en las negociaciones, finalizando el año de 1837 sin que se hubiera firmado el tratado de
alianza. Las tratativas se reiniciaron cuando el gobierno chileno decidió enviar la
segunda expedición militar al Perú e intentó que Rosas preparara una fuerza que
hostilizara a Santa Cruz en la frontera argentino-boliviana. Nuevamente las condiciones de
Rosas para comprometerse a dicha acción, que incluían un pago mensual por parte del
gobierno chileno hasta dos meses después de la paz, y armas y municiones para tres mil
soldados fueron inaceptables para el representante chileno en Buenos Aires. Además, los
fracasos del ejército de Heredia poco después llevaron a Pérez a convencerse de que una
alianza con la Argentina no sería conveniente para Chile. Finalmente el 31 de octubre de
1838 Pérez recibía de su gobierno la carta de retiro.
No obstante, y a pesar de la negativa chilena a aceptar los términos
propuestos, Rosas especuló que una amenaza externa consolidaría la unidad argentina. En
febrero de 1837 suspendió todas las comunicaciones con Bolivia y en mayo declaró la
guerra al "gobierno del general Santa Cruz", acusándolo de interferir en los
asuntos internos de la Confederación Argentina y argumentando como los chilenos que Santa
Cruz había quebrado el equilibrio de poder de la región.
Enrique M. Barba, "Las relaciones exteriores con los países americanos", en Academia Nacional de la Historia, Ricardo Levene (comp.), Historia de la Nación Argentina (desde los orígenes hasta la organización definitiva en 1862), Buenos Aires, El Ateneo, 1951, vol. VII, 2ª sección, cap. IV, p. 234.
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